Ley 1481 de 1.989
Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados.
Ley 454 de 1.998
Por la cual se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones.
Ley 1391 de 2.010
El objeto de la presente ley es reformar la norma rectora de la forma asociativa conocida como Fondos de Empleados para adecuarla a las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que determinan el quehacer de estas empresas.
Nuestra Normatividad
- Asociados Felices
- Sinónimo de Bienestar
- Trabajo En Equipo
Estatutos
Son las normas generales de Fecolsam que sirven para el buen funcionamiento, organización, regulación y control de nuestra institución.
Balance Social
Conozca el último informe de gestión presentado a la Asamblea General de Asociados.
Reglamento de Ahorro y Credito
El Fondo tiene como actividades principales el AHORRO y el CREDITO, por esta razón todo asociado inicialmente se vincula efectuando los aportes que reglamenta el manual, y esto le da derecho posteriormente a disfrutar de los beneficios del crédito en sus diferentes modalidades.
Adicionalmente el Fondo cuenta con unos reglamentos que se encuentran debidamente actualizados, que son el conjunto de reglas establecidas para regular las diferentes actividades, pero siempre respetando los estatutos, estos reglamentos son:
- Fondos de Bienestar
- Junta Directiva
- Aportes Sociales
- Póliza de Manejo
- Comité de Control Social
- Comité de Riesgo de Liquidez
- Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
- Continuidad de Pensionados
- Manual de Habeas Data
- Reglamento de Ex – asociados
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PROTECCIÓN DE DATOS
Base legal y ámbito de aplicación.
La política de tratamiento de la información se desarrolla en cumplimento de los artículos 17 literal k) y 18 literal f) de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la Protección de Datos Personales (LEPD); y del artículo 13 del Decreto 1377 de 2013, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley anterior. Esta política será aplicable a todos los datos personales registrados en bases de datos que sean objeto de tratamiento por el responsable del tratamiento.
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Lunes - viernes: 800 am - 500 pm
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